DECRETO Nº 108/2020
VISTO;
Los Decretos Nº 641/2020 y 642/2020, de la Presidencia de la Nación Argentina;
Y CONSIDERANDO;
Que los mismos hacen referencia al aislamiento social, preventivo y obligatorio al que debemos acudir con motivo del virus, Covid 19, declarado pandemia por la Organización Mundial de la Salud (OMS), el pasado 11 de marzo de 2020;
Que este Departamento Ejecutivo considera, que para lograr un resultado eficaz en la aplicación de cada protocolo dispuesto para combatir el referido virus, es imprescindible llevarlos a cabo de manera coordinada y conjuntamente con Nación, Provincia, Municipios y/o Comunas;
Por todo ello y en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica Municipal Nº 8102/91 (artículo 49);
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANTI DECRETA
Artículo 1º – Adhiérase la Municipalidad de Tanti a cada una de las disposiciones establecidas por los Decretos Nº 641/2020 y 642/2020, emitidos por la Presidencia de la Nación Argentina, ambos, de fecha 02 de agosto de 2020.
Artículo 2º – Publíquese el presente Decreto por los medios de difusión masiva para el conocimiento a la población de la localidad de Tanti.
Artículo 3º – Comuníquese, dese al Registro Municipal, cumplido archívese.-
Tanti, 04 de agosto de 2020.