DECRETO N° 050/2022 – Adhesión Medidas Sanitarias – 3 de Abril

DECRETO N° 050/2022

VISTO;

El Decreto Provincial N° 343/2022 de fecha 02/04/2022, y

CONSIDERANDO;

Que mediante Decreto Provincial N° 343/2022 de fecha 02/04/2022, la Provincia prorrogó las medidas de prevención sanitaria actualmente vigentes desde el 1° de abril de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022, inclusive, con excepciones previstas en el mismo instrumento;

Que las medidas que se establecen son oportunas y resultan necesarias para proteger la salud pública, y razonables y proporcionadas con relación a la amenaza y al riesgo sanitario, dado los descensos de casos registrados en los últimos días;

Que existe coincidencia en la mayoría de los Municipios y Comunas de la Provincia en acompañar dichas medidas;

Por ello y en uso de sus atribuciones (Arts. 49 y 50 de la Ley Orgánica Municipal N° 8102/91);

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANTI DECRETA

Artículo 1ºADHIÉRESE la Municipalidad de Tanti, a las disposiciones del Decreto Provincial N° 343/2022 de fecha 02/04/2022 de fecha a partir del 1° de abril de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022, inclusive, las medidas de prevención sanitaria actualmente en vigencia, con excepción de lo detallado en los artículos siguientes, y, en consecuencia, PRORRÓGUESE las medidas de prevención sanitaria actualmente vigentes en este Municipio desde el 1° de abril de 2022 y hasta el 30 de abril de 2022, con excepción de lo detallado en los artículos siguientes.

Artículo 2ºDISPÓNESE el cese de las restricciones a los aforos, establecidas oportunamente para preservar la salud pública en razón de la pandemia del Coronavirus Covid-19, para todas las actividades desarrolladas en el Municipio; debiendo cumplimentarse, no obstante, los demás protocolos y recomendaciones vigentes.

Artículo 3ºRATIFÍQUESE obligatoriedad del uso de barbijo o tapabocas en ambientes cerrados, especialmente en el ámbito laboral, educativo, espectáculos artísticos, comercios y transporte público. En ambientes abiertos al aire libre, el uso del barbijo o tapabocas será opcional.

Artículo 4ºDERÓGASE el Decreto Nº 049/22 y cualquier otra norma que se oponga al presente.

Artículo 5ºPUBLÍQUESE, protocolícese, dese amplia difusión, dese al Registro Municipal y archívese.

Tanti, 04 de abril de 2022.