DECRETO Nº 080/2024
VISTO;
La Ley Orgánica Municipal Nº 8102/91 (artículo 49 incisos 17 y 23);
Y CONSIDERANDO;
La necesidad de convocar a elecciones para la conformación de la Comisión Directiva del Centro Vecinal de Villa Flor Serrana, de esta localidad;
Que atento a lo expuesto y en uso de las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 727/12;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANTI DECRETA
Artículo 1º: Llámese a elecciones para el día 8 de Junio del año en curso, a las 10 hs. a fin de la conformación de la Comisión Directiva del Centro Vecinal Villa Flor Serrana, conforme lo establece la Ordenanza Nº 727/12.
Artículo 2º: Establézcase el presente Cronograma Electoral y formalidades a respectar por las listas de candidatos, a saber:
- Presentación de Listas: deben ser presentadas ante hasta 30 días corridos antes de la elección, cerrando la presentación el día jueves 9 de Mayo de 2024 a las 13 horas.
- Formalidades: las listas deben contener las firmas de los candidatos para los distintos cargos y las de cinco (5) vecinos, como mínimo, sostenedores de cada lista.
- Fiscales: Cada lista podrá designar un fiscal titular y otro suplente, para el control del acto eleccionario.
- Prohibición doble candidatura: Ninguna persona podrá ser candidato en más de una lista, aunque varíe el cargo en que se lo postule
- Regirán supletoriamente para el acto eleccionario y el escrutinio, las normas aplicables de las Leyes Electorales Nacionales y Provinciales
Artículo 3º: Procédase a cumplimentar todos los pasos que se fijan en el Estatuto correspondiente, que es Anexo 1 de la norma legal que se cita en el artículo precedente.
Artículo 4º: Refréndase, cúmplase, publíquese, comuníquese, dese al Registro Municipal y archívese.
Tanti, 03 de Mayo de 2024.