Extracto Decreto 351/2020 – Presidencia de la Nación

DCTO-2020-351-APN-PTE – Convocatoria a Intendentes e Intendentas de todos los municipios del país para fiscalización y control.

ARTÍCULO 2º.- Convócase a los Intendentes e Intendentas de todos los municipios del país a realizar, en forma concurrente con la Nación, la fiscalización y control del cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Nº 100/20, o las que en el futuro la prorroguen, reemplacen o amplíen, en los supuestos comprendidos en el artículo 15 de la Ley Nº 20.680.

ARTÍCULO 3°.- Para el cumplimiento de los cometidos establecidos en el artículo 2° del presente, las autoridades municipales se ajustarán al procedimiento y las acciones previstas en los artículos 10 y 12 de la Ley N° 20.680, mientras que el juzgamiento de las infracciones corresponderá a la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, quien determinará el mecanismo para la remisión de las actuaciones administrativas labradas al efecto.

ARTÍCULO 6°.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y se mantendrá vigente mientras dure la emergencia pública en materia sanitaria ampliada por el Decreto Nº 260/20 y sus modificatorios.

09/04/2020


Por directivas del intendente municipal de Tanti, los inspectores de dicha institución comenzarán a realizar los controles correspondientes en diferentes comercios a los fines de regularizar los precios acordé a la reglamentación nacional. El incumplimiento de los precios máximos será causante de la creación de actas por infracción.