Resolución 01/20 – “Audiencia Publica”

RESOLUCIÓN Nº 01/20 “Audiencia Publica”

VISTO:

Las Audiencias Públicas previstas para los días jueves 5 y 12 de Noviembre del cte. año,

CONSIDERANDO:

Que este Concejo Deliberante aprobó con fecha 29 de Octubre de 2020 en primera lectura las Ordenanzas de Presupuesto 2021 y Tarifaria Anual 2021. En consecuencia, y atento lo dispuesto por el Art. 37° de la Ley Orgánica Municipal N° 8102, se debe convocar a Audiencias Públicas para escuchar a los vecinos y entidades interesadas en dar su opinión en relación a tales Proyectos.

Que, a tal fin, se ha resuelto convocar a Audiencias Públicas para los días jueves 5 y 12 de Noviembre del cte. año.

Que, tal evento debe ser estructurado teniendo en cuenta la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 814/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional que ordena el distanciamiento social, preventivo y obligatorio.

Que, esta Municipalidad debe someterse a tal instrumento legal dictado desde el Gobierno Federal para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19, los que conllevaban, entre otras medidas el de evitar conglomeraciones y reuniones de personas, atento ser ésta la manera más peligrosa de difusión y circulación del virus.

Que, en el marco planteado y ante la necesidad de llevar adelante las Audiencias Públicas para los días previstos por este Concejo Deliberante, se debe fijar pormenores y detalles, tales como lugar, horario, cantidad de asistentes, entre otros.

Que, este Presidente en el marco de la autorización dada por el Art. 19, siguientes y concordantes del Reglamento Interno del Concejo Deliberante – Ordenanza N° 1193 –  tiene la misión de dirección y control del Concejo Deliberante, lo que comprende la organización necesaria para llevar adelantes las Asambleas en condiciones sanitarias pertinentes.

Por las razones expuestas;

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO DELIBERANTE DE LA LOCALIDAD DE TANTI RESUELVE

Artículo 1°: DISPÓNGESE que las Audiencias Públicas fijadas para los días jueves 5 y 12 de Noviembre del cte. año, se llevaran a cabo en el Centro Cultural “Ing. Víctor Pérez”, ubicado sobre calle Belgrano  142 de esta Localidad, a partir de las 9:30 horas.

Artículo 2°: ESTABLÉCESE que el total de ingresantes no podrá superar el total de treinta (30) personas, excluidos los Concejales y Secretaria Legislativa, debiéndose respetar distanciamiento social preventivo y obligatorio, a cuyo fin las ubicaciones deben estar dispuestas de tal manera que implique distancia entre uno y otro participante de por lo menos dos (2) metros. En caso de superar ese número, se realizará una segunda Audiencia ese mismo día y en ese mismo lugar, una vez finalizada la anterior Audiencia.

Artículo 3°: DETERMÍNESE la instalación de un Puesto de Control Sanitario de ingreso al Centro Cultural “Ing. Víctor Pérez” en el que se deberá medir la temperatura corporal, desinfectar las manos con alcohol en gel o líquido y verificar el uso de barbijos o tapaboca en relación a todos y cada uno de los ingresantes.

Artículo 4°: DISPÓNGASE, a los fines de la organización de los espacios, la obligatoriedad de todo vecino que decida concurrir a la Audiencia Publica en cualquiera de las fechas previstas, que se inscriba previamente y con una antelación de 24 horas a la hora de inicio de la Audiencia, vía correo electrónico a la siguiente casilla: concejodeliberantetanti@gmail.com. En tal correo electrónico deberá consignar sus datos personales: nombre, apellido, DNI, teléfono de contacto y dirección. Igualmente deberá completar la siguiente DECLARACIÓN JURADA sobre síntomas compatibles con el COVID 19 y/o situaciones de hecho, a saber:  1.- ¿Ha desarrollado en los últimos 5 días episodios febriles con temperatura mayor a los 37, 5ª, tenido cefalea, diarrea, perdida de olfato o del gusto, tos o dificultad respiratoria? 2.- En los últimos 14 días, ¿ha estado en contacto con personas sospechosas o confirmadas de COVID – 19? 3.- En los últimos 14 días, ¿ha permanecido o visitado alguno de los hospitales COVID – 19 en el ámbito de la República Argentina? 4.- ¿Ha regresado de viaje de exterior en los últimos 14 días?   5.- ¿Ha estado expuesto a grupos humanos numerosos desconocidos sin respetar la distancia social establecida?

Artículo 5°: ORDÉNESE que el uso de la palabra por cada participante en no más de cinco (5) minutos. Excepcionalmente se podrá autorizar una segunda intervención por el mismo término.

Artículo 6°: Hágase saber a los vecinos que los proyectos mencionados están publicados en la página oficial de la Municipalidad, sin perjuicio de ello obra copia impresa en la secretaria de concejo, la que podrá ser retirada en el horario de 9:00hs a 13.00hs

Articulo 7º: PROTOCOLÍCESE, Publíquese, comuníquese y archívese.

 

Resolución 01-20